En el Boletin Ofical dela Generalitat de fecha de 8/3/2017 ya han salvado a la trucha Arco iris y la Carpa .
Si en Cataluña no lo es y en Europa tampoco : ¿a que esperan en Aragón?(Será cuestión de días...?)
Para los "ateos" os pongo el Articulo 5 de dicho boletín donde aparece redactado y debajo de todo el enlace a este Diario.
5. Especies exóticas
invasoras
5.1 Las especies
invasoras se regulan según lo dispuesto en el Real decreto 630/2013, de 2 de
agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas
invasoras.
5.2 Las especies
exóticas invasoras catalogadas pueden ser capturadas en el marco de las
estrategias, los planes y las campañas de control como medida de gestión,
control y erradicación. En estos casos, así como en caso de captura accidental,
deben sacrificarse en el momento de su captura, sea cual sea su longitud, y en
ningún caso se pueden mantener vivas en sacos de retención o ser devueltas al
medio natural.
5.3 Las especies
exóticas invasoras de acuerdo con la normativa vigente son las siguientes:
1. Perca americana (Micropterus
salmoides)
2. Salvelino (Salvelinus
fontinalis)
3. Lucio (Esox
lucius)
4. Lucioperca (Sander
lucioperca)
5. Siluro (Silurus
glanis)
6. Perca (Perca
fluviatilis)
7. Pez gato (Ameiurus
melas)
8. Perca sol (Lepomis
gibbosus)
9. Alburno (Alburnus alburnus)
10. Gambusia (Gambusia holbrooki)
11. Pez gato americano
(Ictalurus punctatus)
12. Pseudorasbora (Pseudorasbora
parva)
13. Rutilo (Rutilus
rutilus)
14. Gardí (Scardinius erythrophthalmus)
15. Dojo (Misgurnus anguillicaudatus)
16. Fúndulo (Fundulus
heteroclitus)
17. Cangrejo señal (Pacifastacus
leniusculus)
18. Cangrejo americano
rallado (Orconectes limosus)
19. Cangrejo rojo o
americano (Procambarus clarkii)
5.4 La trucha arco iris
(Oncorhynchus mykiss) y la carpa (Cyprinus carpio), afectadas por
la Sentencia 637/2016 del Tribunal Supremo, tienen la consideración que figura
en el Real decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo
español de especies exóticas invasoras.
5.5 La brema blanca (Blicca
bjoerkna), la carpa herbívora (Ctenopharyngodon idella) y cualquier
especie de nueva aparición que no sea considerada legalmente autóctona tienen,
en caso de captura accidental, el mismo tratamiento que las especies exóticas
invasoras fijado en el apartado 5.2.
Foto resumen de los dos intercambios de este año
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En la primera entrega puse un video y guardè la foto para dejarla en
la última entrada. El obsequio de este año por parte de nuestra Asociación
fu...
Hace 5 semanas
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