viernes, 29 de abril de 2011

RECONOCIMIENTO ENTRE VARIAS AUTONOMIAS DE LAS LICENCIAS DE CAZA Y DE PESCA

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE COMUNIDADES AUTÓNOMAS
PARA EL RECONOCIMIENTO RECÍPROCO DE LAS LICENCIAS DE CAZA Y DE PESCA EN AGUAS INTERIORES
En Barcelona, a 23 de diciembre de 2009, reunidos:
El Excmo. Sr. José Antonio Griñán Martínez, Presidente de la Junta de Andalucía,
El Excmo. Sr. Marcelino Iglesias Ricou, Presidente del Gobierno de Aragón,
El Excmo. Sr. Juan Vicente Herrera Campo, Presidente de la Junta de Castilla y León,
El M. Hble. Sr. Francesc Antich i Oliver, Presidente del Gobierno de les Illes Balears,
y el M. Hble. Sr. José Montilla i Aguilera, Presidente de la Generalitat de Catalunya,
Reconociéndose todas las partes su representación, exponen:
Primero.—La cooperación entre las Comunidades Autónomas resulta imprescindible en la
nueva etapa de consolidación del Estado Autonómico. Los ciudadanos exigen esta colaboración
horizontal, para una mejor prestación de los servicios públicos de competencia autonómica,
que supondría asimismo una gestión más efi ciente de los recursos.
Segundo.—Actualmente, para el ejercicio de las actividades cinegéticas y de pesca resulta
preciso contar con una licencia de caza o pesca diferente para cada Comunidad Autónoma.
La caza y la pesca se practican en todo el territorio español, lo que exige una colaboración
entre el mayor número posible de Comunidades Autónomas para evitar que los cazadores y
pescadores tengan que repetir todos los trámites administrativos y acreditar el cumplimiento
de los requisitos exigidos, tantas veces como licencias necesiten obtener para ejercer su derecho
en distintas Comunidades Autónomas.
Tercero.—Con el fi n de reconocer recíprocamente las licencias de caza y de pesca en
aguas interiores en los diferentes territorios de las Comunidades Autónomas fi rmantes con
independencia de cual sea la Comunidad parte que las hubiera expedido, se considera necesaria
la suscripción de este Convenio con arreglo a las siguientes cláusulas:
HAY 14 CLAUSULAS QUE APARECEN EN LA ORDEN DEL 7/4/2011 DEL B.O.A. PUBLICADO CON FECHA 25/4/2011
A DESTACAR LO SIGUIENTE:
Durante el ejercicio de estas actividades en el territorio de cualquiera de las Comunidades
signatarias, el cazador o pescador deberá portar:
a) La licencia de caza o pesca con efectos interautonómicos.
b) El justifi cante que acredite el pago de la tasa anual de dicha Comunidad para el ejercicio
de la caza o la pesca.
c) La demás documentación exigible en la Comunidad Autónoma en cuyo territorio esté
cazando o pescando, como los seguros obligatorios.
Sexta.—Formato de la licencia con efectos interautonómicos
La licencia de caza y pesca emitida conforme con este Convenio tendrá un elemento distintivo
común de sus efectos interautonómicos. Las Comunidades Autónomas podrán fi jar una
tasa común para la primera expedición y para su renovación. El desarrollo de la aplicación
informática para la emisión de esta licencia será conjunto entre las Comunidades signatarias.

sábado, 16 de abril de 2011

CAMBIO DE FECHA DEL PAPA LLEVAME A PESCAR

ATENCION
PONEMOS EN CONOCIMIENTO DE LOS NIÑOS Y LOS "PAPAS" QUE EL PROXIMO PAPA LLEVAME A PESCAR LO CELEBRAREMOS EL DOMINGO DIA 8 DE MAYO EN LUGAR DEL DIA 1 DE MAYO, 

martes, 5 de abril de 2011

Nos interesa que mandéis fotos de.....

Cuando os llevéis a casa una TRUCHA ARCO IRIS NOS INTERESA Y OS LO AGRADECERIAMOS QUE NOS MANDASEIS FOTOS CON LO QUE LLEVA EN LOS INTESTINOS,pues casi seguro como viene siendo habitual en este coto es que hayemos cangrejos americanos.
Esto es interesante pues puede servirnos de alegación que una trucha arco iris que es invasora sirve para regular otra especie invasora como es el cangrajo americano
Muchas gracias por adelantado.
Ya se que no hay mucha trucha ahora , pero siempre queda algun trozo de río que se puedan esconder, pues aquí el grado de invasión es nulo, como se puede apreciar de las capturas realizadas últimamente.